
Si estás en trámite migratorio en Estados Unidos y necesitas trabajar legalmente, lo más probable es que en algún momento tengas que solicitar un permiso de trabajo. Aquí te explicamos, en términos sencillos, qué es este documento, quién puede pedirlo y cómo se relaciona con tu situación migratoria específica.
¿Qué es el permiso de trabajo (EAD)?
El permiso de trabajo, conocido en inglés como Employment Authorization Document (EAD), es una tarjeta con foto que emite el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Sirve como prueba de que tienes autorización para trabajar legalmente en el país durante un período determinado. También se le conoce como Formulario I-766.
El EAD no es una visa ni un estatus migratorio por sí mismo. Es un documento que confirma que, dada tu situación migratoria actual —ya sea una solicitud pendiente, un estatus temporal o una condición humanitaria—, tienes derecho a trabajar mientras esa situación se resuelve o se mantiene vigente.
El Formulario I-765: la solicitud detrás del permiso
Para obtener el EAD tienes que presentar el Formulario I-765, Application for Employment Authorization, ante USCIS. En este formulario indicas tu información personal, tu historial migratorio y, lo más importante, la categoría de elegibilidad que te corresponde: un código que le dice a USCIS bajo qué base legal estás pidiendo el permiso.
Puedes presentar el I-765 en línea, creando una cuenta en el sitio de USCIS, o en papel enviándolo por correo a la dirección que corresponda según tu categoría. Una vez aprobado, USCIS produce la tarjeta en un plazo aproximado de dos semanas y la envía por correo prioritario de USPS.
¿Necesitas el permiso para poder trabajar?
Depende de tu situación. Algunas personas —por ejemplo, quienes ya tienen estatus de asilado o refugiado— están autorizadas a trabajar automáticamente por ley, y el EAD funciona como una prueba práctica de esa autorización que pueden mostrar a un empleador. Otras personas —como quienes tienen una solicitud de asilo pendiente o un ajuste de estatus en trámite— no pueden trabajar legalmente hasta que USCIS apruebe el I-765 y les emita la tarjeta.
Por eso es tan importante identificar correctamente tu categoría antes de presentar el formulario: de ella depende cuándo puedes solicitar, cuánto tiempo debes esperar y si tu autorización de trabajo empieza antes o después de recibir la tarjeta física.
Categorías de elegibilidad: por qué importa el código
USCIS reconoce docenas de categorías de elegibilidad para el I-765, cada una con su propio código (por ejemplo, (a)(5), (c)(8) o (c)(9)). Estas son algunas de las más comunes entre inmigrantes en Estados Unidos:
- Solicitantes de asilo pendiente — categoría (c)(8): personas con un Formulario I-589 en trámite que aún no ha sido decidido.
- Refugiados y asilados — categorías (a)(3) y (a)(5): personas a quienes ya se les otorgó ese estatus.
- Solicitantes de ajuste de estatus (green card) — categoría (c)(9): personas con un Formulario I-485 pendiente.
- Beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) — categorías (a)(12) y (c)(19).
- Beneficiarios de DACA — categoría (c)(33).
- Estudiantes F-1 en Entrenamiento Práctico Opcional (OPT) — categorías (c)(3)(A), (c)(3)(B) y (c)(3)(C).
- Cónyuges dependientes de ciertas visas de trabajo, como H-4 (categoría (c)(26)), L-2 (categoría (a)(18)) o E (categoría (a)(17)).
- Parolados (parolees) — categoría (c)(11).
- Beneficiarios de visas U y T y sus familiares, en distintas subcategorías.
Cada categoría tiene sus propios requisitos, documentos de evidencia, plazos y, en algunos casos, tarifas diferentes. Escribir el código equivocado en el formulario puede causar un rechazo o un retraso innecesario.
Cuánto cuesta y cómo se solicita
La tarifa general del I-765 y el proceso de llenado varían según tu categoría y si presentas en línea o en papel. En el artículo Cómo solicitar el permiso de trabajo: guía del Formulario I-765 explicamos paso a paso qué documentos reunir, cuáles son las tarifas vigentes, cuándo aplica una exención de pago y cómo dar seguimiento a tu caso.
Qué pasa cuando se acerca el vencimiento
El EAD tiene una fecha de vencimiento, y renovarlo a tiempo es responsabilidad tuya. Además, en octubre de 2025 cambió una regla importante sobre las extensiones automáticas mientras una renovación está pendiente, lo cual afecta a casi todas las personas que renuevan hoy en día. Puedes leer los detalles actualizados en Cómo renovar el permiso de trabajo antes de que caduque.
Si tu caso es de asilo
Los solicitantes de asilo tienen reglas especiales: deben esperar 150 días después de presentar su solicitud de asilo (Formulario I-589) antes de poder pedir el EAD, y USCIS generalmente no puede emitirlo antes de que hayan transcurrido 180 días desde esa solicitud. Este proceso, conocido como el «reloj de asilo», se explica en detalle en Permiso de trabajo para solicitantes de asilo.
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Preguntas frecuentes
¿El permiso de trabajo (EAD) es lo mismo que la residencia permanente (green card)?
No. El EAD solo autoriza a trabajar durante un período específico y no otorga residencia permanente ni ningún otro estatus migratorio. Muchas personas con EAD tienen un trámite migratorio distinto en curso, como una solicitud de asilo o de ajuste de estatus.
¿Todas las personas con un trámite migratorio pendiente pueden pedir el EAD?
No. Solo las categorías de elegibilidad reconocidas por USCIS dan derecho a solicitar el I-765. Por ejemplo, no todas las peticiones familiares pendientes generan por sí solas el derecho a un permiso de trabajo independiente.
¿Puedo trabajar mientras espero que aprueben mi Formulario I-765?
Generalmente no, salvo que tu estatus migratorio ya te autorice a trabajar por otra vía (como el estatus de asilado o refugiado). Si tu autorización depende del EAD, debes esperar la aprobación y recibir la tarjeta antes de comenzar a trabajar.
¿Dónde presento el Formulario I-765?
Puedes presentarlo en línea creando una cuenta en el sitio de USCIS, o en papel enviándolo a la dirección de USCIS que corresponda según tu categoría de elegibilidad. USCIS publica las direcciones exactas en su página oficial del Formulario I-765.
¿Qué pasa si mi categoría de elegibilidad cambia?
Si tu situación migratoria cambia (por ejemplo, pasas de tener una solicitud de asilo pendiente a que te otorguen el estatus de asilado), es posible que debas presentar un nuevo Formulario I-765 con el código de categoría correcto para reflejar tu nueva base de elegibilidad.